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Se modificará la Ley de Impacto Ambiental para mayor transparencia y eficacia de los procesos

El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que modifica el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos con la finalidad de mejorar y agilizar la tramitación administrativa y, "sobre todo" incrementar la transparencia del procedimiento de los procesos mediante los cuales se informa de los proyectos que pueden impactar y tener repercusión sobre el medio ambiente, sin detrimento de su calidad y sus garantías. La iniciativa se enmarca dentro de las actuaciones para la modernización de la economía del Plan Español para el Estimulo de la Economía y el Empleo (Plan E).

 

Según informó hoy en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, "con este fin", la modificación de la ley establece "claramente" la responsabilidad de los órganos administraivos y agentes que intervienen en las declaraciones de impacto ambiental, con identificación del autor o autores de los informes con lo que contribuye a garantizar la calidad técnica del mismo y la responsabilidad de los firmantes.

De la Vega señaló que con esta nueva norma estarán a disposición de todos los ciudadanos todos los expedientes en tramitación, que se indicará la fase en que se encuentran y el órgano responsable de la misma, algo que era "muy recomendado por todos los sectores". "En suma, más transparencia, más agilidad y más eficacia en la evaluación de impacto ambiental", apostilló la vicepresidenta.

El Consejo de Ministros ha valorado que es necesario que esta herramienta debe mejorarse para atender a las exigencias que la actividad económica precisa, aportando claridad en el procedimiento y corresponsabilidad de todos los agentes intervinientes en el proceso.

Asimismo, la modificación introduce la reducción a un plazo de 18 meses completar el trámite de información pública y de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. Asimismo, se atribuyen efectos al incumplimiento del plazo establecido tanto por causas imputables al promotor ,como al órgano sustantivo, efectos que no se recogían anteriormente y que suponen la posibilidad del archivo del expediente por el órgano ambiental.

También se habilita al Gobierno para regular, a través de Real Decreto los requisitos adicionales y la metodología a utilizar en la Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos que puedan afectar directa o indirectamente a la Red Natura 2000 y que sean competencia de la Administración General del Estado. Además, la modificación contempla la incorporación de dos disposciones transitorias que delimitan de forma precisa la aplicación temporal y material de la ley. La primera se refiere al régimen aplicable a los expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.

Por su parte, la segunda establece la duración de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley de las declaraciones de impacto ambiental que fueron emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición final primera de la Ley de 2006 sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente. Finalmente, De la Vega subrayó que la modificación aprobada por el Consejo de Ministros previamente ha sido respaldada por el Consejo Asesor de Medio Ambiente.

 

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Roberto Jiménez

Secretario general del PSOE en Navarra

 Entrevista Roberto Jiménez

  

   

 

 
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